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lunes, 13 de mayo de 2013

Transmisiones contra la ley



Transmitir programas obscenos en cualquier horario es una violación de las leyes federales. Asimismo lo es transmitir programas indecentes o profanos en ciertos horarios. El Congreso le ha otorgado a la Comisión Federal de Comunicaciones (FCC, por sus siglas en inglés) la responsabilidad de hacer cumplir, desde el punto de vista administrativo, la ley que gobierna este tipo de programas. La Comisión puede revocar la licencia de una estación, imponer una multa o expedir una amonestación por la transmisión de material obsceno, indecente o profano.

La Primera Enmienda no protege el material obsceno y, por ende, éste no puede transmitirse en ningún horario. Según lo establecido por la Corte Suprema, para que un material se considere obsceno debe reunir las siguientes tres características:
·         Una persona promedio, según los estándares comunitarios actuales, debe considerar que el material, como un todo, es lascivo.
·         El material debe describir o representar, de manera evidentemente ofensiva, un comportamiento sexual definido de manera específica en la ley correspondiente.
·         El material, como un todo, debe carecer de importante valor literario, artístico, político o científico.

Bibliografía:
La dinámica de la    comunicación masiva, Dominick Joseph R., Editorial, Mc Graw Hill, octava edición.

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